Tribunales internacionales

El Artículo 41 de la Carta de las Naciones Unidas confiere al Consejo de Seguridad la autoridad para emplear una variedad de medidas a fin de hacer efectivas sus decisiones. Por lo regular, el Consejo establece órganos subsidiarios para apoyar o aplicar estas medidas. Entre estos órganos se cuentan los tribunales internacionales que se han instituido para enjuiciar a los responsables de delitos graves con arreglo al derecho internacional humanitario y también en respuesta a las solicitudes de los gobiernos que han pedido ayuda del Consejo en lo relativo a la investigación y el procesamiento de casos. A continuación figura una breve descripción de cada tribunal elaborada sobre la base del contenido del Repertorio así como enlaces a las secciones correspondientes de esta publicación.

Nota: Todos los documentos en Documento PDF o Documento PDF en inglés

Tribunal Penal Internacional para el enjuiciamiento de los presuntos responsables de genocidio y otras violaciones graves del derecho internacional humanitario cometidas en el territorio de Rwanda y de los ciudadanos rwandeses presuntamente responsables de genocidio y otras violaciones de esa naturaleza cometidas en el territorio de Estados vecinos entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 1994 (TPIR)

En la resolución 955 (1994), de 8 de noviembre de 1994, el Consejo de Seguridad estableció el Tribunal Penal Internacional para Rwanda (TPIR) para el enjuiciamiento de las personas presuntamente responsables de genocidio y otras violaciones graves del derecho internacional humanitario cometidas en el territorio de Rwanda entre el 1 de enero de 1994 y el 31 de diciembre de 1994. En virtud de la resolución, el tribunal internacional también podía enjuiciar a los ciudadanos de Rwanda presuntamente responsables de genocidio y otras violaciones del derecho internacional cometidas en el territorio de Estados vecinos durante el mencionado período. En su resolución 2256 (2015), el Consejo acogió con beneplácito la conclusión de la labor judicial del TPIR, cuyo cierre oficial fue el 31 de diciembre de 2015, con lo que se completó su transición al Mecanismo Residual Internacional de los Tribunales Penales.

Tribunal Internacional para el enjuiciamiento de los presuntos responsables de las violaciones graves del derecho internacional humanitario cometidas en el territorio de la ex Yugoslavia desde 1991 (TPIY)

Mediante la resolución 827 (1993), de 25 de mayo de 1993, el Consejo de Seguridad estableció el Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia con el único propósito de enjuiciar a los presuntos responsables de las violaciones graves del derecho internacional humanitario cometidas en el territorio de la ex-Yugoslavia durante su ruptura y los conflictos posteriores. Mediante la resolución 2329 (2016) Documento PDF, el Consejo prorrogó los mandatos del Presidente y los magistrados del Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia y volvió a nombrar al Fiscal por última vez. El 31 de diciembre de 2017 el Consejo, en un comunicado de prensa, anunció el cierre del Tribunal Internacional para la ex-Yugoslavia esa misma fecha.

Mecanismo Residual Internacional de los Tribunales Penales

El Mecanismo Residual Internacional de los Tribunales Penales fue establecido por el Consejo de Seguridad en virtud de la resolución 1966 (2010) Documento PDF, de 22 de diciembre de 2010, para concluir la labor iniciada por el Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia y el Tribunal Penal Internacional para Rwanda. El Mecanismo está integrado por dos subdivisiones que corresponden a los dos Tribunales. La subdivisión del Tribunal Penal Internacional para Rwanda, situada en Arusha (República Unida de Tanzanía) comenzó a funcionar el 1 de julio de 2012. La subdivisión del Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia está situada en La Haya y comenzó sus actividades el 1 de julio de 2013. En una nota de la Presidencia de fecha 2 de febrero de 2018 (S/2018/90) Documento PDF, los miembros del Consejo de Seguridad acordaron que, a partir de ese momento, las cuestiones relacionadas con el Mecanismo Residual Internacional de los Tribunales Penales se examinarían en relación con este punto del orden del día, que incluiría cuestiones relativas al Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia y el Tribunal Penal Internacional para Rwanda.